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Seguro Dotal de Retiro
Para pagar en vida su suma asegurada.
¿Qué es un Seguro Dotal de Retiro?
Un Seguro Dotal de Retiro es un seguro de vida que le ofrece
un
beneficio doble.
Por un lado, le da la protección tradicional de los seguros
de vida,
pues entregará a las personas que usted indique la cantidad
de dinero que contrate si llegara a fallecer durante la vigencia
del seguro.
La verdadera importancia de este tipo de seguros consiste en
pagarle en vida la cantidad de dinero que usted contrate. Los
Seguros Dotales de Retiro de Seguros ING
le pagarán, en caso de supervivencia al final del plazo,
la cantidad total de suma asegurada (dote) que usted haya contratado.
El doble beneficio se debe a que este seguro está formado
por dos
componentes, la protección por supervivencia y la protección
por
fallecimiento. Por tal motivo, las primas que usted paga por concepto
de este seguro, comprenden ambos componentes.
Usted podrá seleccionar si desea su seguro en moneda nacional
o en
dólares, y claro está, la edad a la que desea retirarse.
Las disposiciones fiscales indican que el plazo mínimo
del seguro no
podrá ser menor a 5 años y que la edad mínima
de jubilación es 55
años de edad. Ambos requisitos se deben cumplir obligatoriamente.
Podrá seleccionar beneficios adicionales para su seguro,
tales como la protección del riesgo de presentar invalidez.
Sin embargo, el monto de la prima correspondiente a este beneficio,
no es deducible.
La mejor forma de prever su retiro
Con los Seguros Dotales de Retiro usted puede asegurar un ingreso
para después de la fecha de su jubilación.
De esta forma, usted puede desde hoy prever sus necesidades
futuras y proteger su bienestar económico a partir de la
fecha en la que usted planee retirarse.
Estos seguros son deducibles de impuestos
Algo verdaderamente importante es que de la primas pagadas para
este seguro, la cantidad correspondiente al componente de
supervivencia puede deducirse de su base gravable de impuestos,
según las indicaciones del Artículo 165 de la Ley
del Impuesto Sobre
la Renta (Estímulos Fiscales).
Con base en lo anterior, usted llegaría a deducir hasta
un monto
aproximado de $158,246.00 (vigente enero del 2001).
Siendo actualizable esta cifra con respecto a la inflación
oficial, según lo establece el artículo 17-A del
Código Fiscal de la Federación.
Para facilitar este trámite, desglosaremos en forma independiente
los
importes por protección y los de supervivencia, para que
usted pueda incluirlos en su declaración anual de impuestos.
Para mayor información contáctenos a través
de esta página o
consulte a alguno de nuestros Agentes Profesionales de Seguros.
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